Bienvenidos a reclamarpagos.com

Bienvenidos a reclamarpagos.com

Por : Manuel Valeros (24 ene 2023).

Hola

Te damos la bienvenida a reclamarpagos.com, la aplicación 100% independiente que te ayudará a la reclamación de deudas de carácter dinerario.

La vía más rápida, ágil y económica de recuperar lo que es tuyo. Ahora es posible. 

Reclamar a tu deudor con nuestro servicio "Reclamación Burofax", es fácil, sencillo y seguro. 

Enviamos un requirimiento de pago al deudor en la que solicitamos que te pague la deuda. Si no te paga, nuestro equipo de abogados redactará el modelo de la demanda de juicio monitorio asi como las instruciones para su presentación. 

El procedimiento monitorio es un mecanismo judicial diseñado especialmente para facilitar la reclamación de deudas de cualquier cuantía en el juzgado de la localidad donde resida tu deudor. 

Para reclamar por via judicial la deuda, cualquiera que sea su cuantía no es obligatoria la intervención de abogado ni de procurado en la petición inicial de procedimiento monitorio. 

Una vez notificado el requerimiento, el demandado puede:

   1) Pagar voluntariamente. Tras verificarse el pago, se archivará el asunto.

   2) Oponerse. En este caso, se pone fin al procedimiento, continuando por los trámites del procedimiento declarativo que corresponda por razón de la cuantía (verbal u ordinario).

   3) Dejar transcurrir el plazo sin pagar ni oponerse. En este caso el Letrado de la Administración de Justicia dictará Decreto dando por terminado el proceso monitorio y dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución. 

Solo será necesario abogado en el caso de oposición de deudor, se pone fin al proceso monitorio, y la reclamación se tramitará por el procedimiento correspondiente, lo que puede suponer la necesaria asistencia de abogado/a y procurador/a.

Es importante tener en cuenta que, en el juicio verbal, será obligatorio acudir asistido por abogado y procurador si la cuantía es mayor a 2.000 euros y, en el juicio ordinario, en todo caso con independencia de la cuantía.

Igualmente es obligatorio asistirse de abogado y procurador para el caso de que el deudor hubiese dejado transcurrir el plazo y se desee ejecutar la deuda, si ésta fuese superior a 2.000 euros. Y la contestación formulada por el deudor, si la reclamación es superior a 2.000 euros, también requiere de estos profesionales.

Tienes alguna pregunta sobre nuestro servicio? Llámanos o rellena nuestro formulario de contacto.

Hasta pronto,

El equipo Reclamarpagos.com

Relacionados: